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Bienestar social.02 - Solicitud del servicio de comida a domicilio

Descripción

  • Consiste en la provisión de menús al domicilio de las personas beneficiarias, según la normativa establecida.
  • Comida casera y adecuada a la estación del año, especial en fechas señaladas envasada en barquetas mono porción.
  • El objetivo del servicio es mejorar la calidad de vida en su entorno habitual de las personas mayores y/o que tienen dificultades de autonomía, dando cobertura a la necesidad básica de la nutrición.
¿Quién lo puede solicitar?
  • Personas empadronadas en Palma
  • Mayores de 65 años con problemática grave de salud y/o con limitaciones importantes de autonomía, prensentando dificultades físicas o psíquicas para poder elaborar la comida.
  • Personas con discapacidad física, con valoración previa del organismo competente, que se encuentren en la misma situación que el colectivo anterior
  • Es imprescindible contar con nevera y microondas.
Documentación a aportar

A las solicitudes se les deberán adjuntar los siguientes documentos:

  • Fotocopia DNI solicitante/s y miembros de la Unidad de Convivencia.
  • Solicitud de Servicios Domiciliarios (incluye autorización para el tratamiento y uso de datos de carácter personal).
  • Informe médico del/de los solicitante/s. Importante conocer tipos de dieta.
  • Informe social de Servicios Domiciliarios
  • Hoja anexa para solicitar el Servicio de Comida Domiciliario
  • Certificado de discapacidad superior al 33% (si tiene).
  • Declaración Jurada de ingresos y bienes.
  • Justificación de los ingresos de la persona usuaria y de la unidad familiar (nóminas, pensiones, declaraciones de renta).
¿Dónde solicitarlo?

Las solicitudes se pueden hacer a través de:

  • Centros municipales de servicios sociales de Palma: de lunes a viernes de 9 a 14 horas.
  • Cáritas: de lunes a viernes de 9 a 14 horas.
  • Centros de salud del Ib-salut: de lunes a viernes 9 a 14 horas.
  • Cruz Roja: de lunes a viernes de 8 a 15 horas y martes y miércoles de16 a 19 horas.
  • Centros Hospitalarios donde estén ingresados los solicitantes
  • Empresa adjudicataria de los servicios de ayuda a domicilio

¿Dónde entregarlo?

Precio y forma de pago
  • Servicio Municipal de copago
  • Según la renta per cápita resultante de la unidad de convivencia, los beneficiarios participarán en el coste del servicio conforme a lo establecido en la ordenanza fiscal municipal en vigor
Normativa

Legislación y documentación de referencia

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, general de protección de datos.
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de les Illes Balears.
  • Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
  • Pliego de prescripciones técnicas del servicio municipal de comida a domicilio.
  • Ley 4/2009, de 11 de junio, de Servicios Sociales de las Islas Baleares.
  • Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma.
  • Ley 8/2008, de 5 de junio, de modificación de la Ley de capitalidad de Palma.
  • Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia.
  • Pliego de prescripciones técnicas del servicio municipal de comida a domicilio. Julio 2007
  • Régimen jurídico básico de los servicios de comida a domicilio. Noviembre 2002.
  • Ordenanzas fiscales y de precios públicos del año en curso. Ayuntamiento de Palma
Forma de iniciación A petición de la persona interesada
Requisitos

Normas básicas a cumplir por parte del beneficiario/a:

  • Permanecer en el domicilio el día y hora de entrega pactada
  • Comunicar previamente a la oficina las ausencias 

A disposición del beneficiario/a:

  • Programa custodia de llaves
  • Domicilio alternativo
  • Acceso al programa de cesión de material electrodoméstico (50% o superior, nueva contrata)
Efectos presuntos Desestimatorio
Fin de la vía administrativa La resolución no pone fin a la vía administrativa
Recursos

De alzada

Observaciones

¿Quién tramita la solicitud? Trabajadores Sociales

Órgano resolutorio: Regiduría de Bienestar y Derechos Sociales
Las solicitudes serán valoradas por la Unidad de Dependencia y Prestaciones Económicas, y se asignará una puntuación teniendo en cuenta la situación social, de salud y económica de la unidad familiar según el baremo establecido

Más información

Empresa contratada: Cruz Roja

30 de Marzo de 2021

Ayuntamiento de Palma
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Teléfono: 010 / 971225900 / 630308226
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