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Autoliquidaciones
Descripción | El importe de la cuota del impuesto se prorratea por trimestres naturales en los casos de primera adquisición o baja definitiva del vehículo. El prorrateo también es aplicable en los casos de baja temporal por sustracción o robo del vehículo, contando desde el momento en que se produce la baja temporal en el registro público correspondiente |
¿Quién lo puede solicitar? | Las personas titulares de estos vehículos |
Documentación a aportar |
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¿Dónde solicitarlo? |
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Normativa | Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (art. 10.3) |
Forma de iniciación | A petición de la persona interesada |
Más información | ¿Quién tramita la solicitud? ¿Cómo sabré si me han concedido la devolución? Todas las resoluciones se notifican. ¿Puedo reclamar? Se puede presentar recurso potestativo de reposición ante el Regidor del Área de Econoía, Hacienda e Innovación, o reclamación economico-administrativa dirigida al Tribunal Economico-administrativo Municipal del Ayuntamiento de Palma. Para tramitar la reclamación haga clic aquí |
Ayuntamiento de Palma
Plaça
de Santa Eulàlia
9.
07001
Palma
(Illes Balears)
Teléfono: 010 / 971225900 / 630308226
Correo electrónico: ajuntament@palma.cat