Descripción | Licencia de perros potencialmente peligrosos: Pit Bull Terrier; Staffordshire Bull Terrier; American Staffordshire Terrier; Rottweiler; Dogo Argentino; Fila Brasileño; Tosa Inu; Akita Inu; los que reúnan la mayoría de las características descritas en el anexo II del RD 287/2002 de desarrollo de la Ley de animales potencialmente peligrosos y los que a criterio del veterinario manifiesten un carácter marcadamente agresivo o que hayan protagonizado agresiones a personas o animales |
¿Quién lo puede solicitar? | Personas físicas que tengan un animal de estas características |
Documentación a aportar |
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¿Dónde solicitarlo? |
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Plazo de tramitación | El plazo de tramitación es de 3 meses |
Precio y forma de pago | Tasas fijadas por la ordenanza fiscal municipal del año en curso, concepto 310,00. La tasa se abona al recoger la licencia y el certificado. |
Normativa |
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¿Quién tramita la solicitud? | Área de Medio Ambiente y Bienestar Animal |
Forma de iniciación | A petición de la persona interesada |
Requisitos | Ser mayor de edad y propietario o poseedor del animal potencialmente peligroso |
Organismo resolutor | Área de Medio Ambiente y Bienestar Animal |
Efectos presuntos | Estimatorio |
Fin de la vía administrativa | La resolución pone fin a la vía administrativa |
Recursos | Potestativo de reposición y contencioso administrativo |
Más información | Una vez obtenida la licencia se tiene que solicitar la inscripción en el Registro municipal de animales potencialmente peligrosos dentro de los 15 días siguientes de su obtención. También se puede solicitar junto con la licencia. En este caso, además de la documentación para a la obtención de la licencia, deberá presentarse el certificado de sanidad animal, suscrito por un/una veterinario/a colegiado/a (se puede obtener de cualquier profesional que esté en situación de alta en el colegio oficial). La inscripción en el Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos se actualizará anualmente. Se debe acompañar la solicitud con un certificado sanitario del animal expedido por un veterinario colegiado. Cuando se actualiza la licencia no se debe volver a solicitar la inscripción en el Registro de animales potencialmente peligrosos. La vigencia de la licencia es de 5 años |
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