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Autoliquidaciones
Descripción | La ordenanza reguladora del impuesto establece obligatoriamente el sistema de autoliquidación, que podrá realizar mediante este portal web https://plusvalues.palmademallorca.es/plusvalues/ Antes de solicitar cita previa compruebe si puede realizar la autoliquidación de plusvalía por la web antes mencionada. La atención al público se hará con cita previa. Antes de personarse en las oficinas de la sección de plusvalía debe pedir cita previa por la web o por teléfono |
¿Quién lo puede solicitar? | Profesionales de la gestión y personas jurídicas tienen la obligación de relacionarse con la administración de forma electrónica según el art.14.2 de la Ley 39/2015 de 2 de octubre de 2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El sujeto pasivo o su representante.
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Documentación a aportar |
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¿Dónde solicitarlo? | En el portal del Ayuntamiento de Palma (haciendo clic aquí) o por teléfono en el núm. 971 225900 ext. 1047 |
Precio y forma de pago | |
Normativa | Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento de valores de los terrenos de naturaleza urbana del año en curso. |
Requisitos | Profesionales de la gestión y personas jurídicas tienen la obligación de relacionarse con la administración de forma electrónica según el art.14.2 de la Ley 39/2015 de 2 de octubre de 2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Únicamente podrá acceder a las dependéncias municipales una sola persona con la documentación que le acredite como sujeto pasivo, o bien como representante. *Es obligatorio el uso de la mascarilla. *De manera excepcional, pueden personarse dos personas en el caso de personas mayores, persones con niños o personas extranjeras acompañadas de traductor |
Más información | Puedo pedir cita peor teléfono ? |
Ayuntamiento de Palma
Plaça
de Santa Eulàlia
9.
07001
Palma
(Illes Balears)
Teléfono: 010 / 971225900 / 630308226
Correo electrónico: ajuntament@palma.cat