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Autoliquidaciones

Policía.05 - Vehículos abandonados

¿Quién lo puede solicitar? Cualquier persona (incluso de manera anónima).
Documentación a aportar
  • Petición verbal o escrita.
  • En caso de petición escrita:
¿Dónde solicitarlo?

Peticiones escritas:

Peticiones verbales:

  • Al teléfono de atención al ciudadano 010
Normativa
  • Ordenanza municipal de circulación, publicada en el BOIB núm. 80 de 05.07.01, modificada por acuerdo plenario del Ayuntamiento de Palma de día 26 de septiembre de 2002, publicada en el BOIB núm. 126 de 19.10.02.
  • Real Decreto Legislativo 339/90, 2 marzo, que aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
  • Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, modificada por Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.
  • Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil.
¿Quién tramita la solicitud?

Policia Local de Palma

Calle de Son Dameto, 1 (esquina con Avda. Sant Ferran)
Telf.: 971 22 55 12
Correo electrónico: externsva@pol.palma.cat

Forma de iniciación Petición persona interesada o oficio (indistinto)
Organismo resolutor

Policia Local de Palma

Calle de Son Dameto, 1 (esquina con Avda. Sant Ferran)
Telf.: 971 22 55 12
Correo electrónico: externsva@pol.palma.cat

Efectos presuntos No aplica
Fin de la vía administrativa La resolución no pone fin a la vía administrativa
Recursos

Recurso de alzada

Más información

¿Se retiran todos los vehículos abandonados? Sí, priorizando los que se consideran residuos sólidos urbanos (aquellos que no son aptos para circular: vehículos averiados, sin placa de matrícula, con falta de componentes...).

DESCARGA DE DOCUMENTOS
23 de Abril de 2018

Ayuntamiento de Palma
Plaza de Santa Eulàlia 9. 07001 Palma (Illes Balears)
Teléfono: 010 / 971225900 / 630308226
Correo electrónico: ajuntament@palma.cat