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Autoliquidaciones

Educación.02 - Expedientes de responsabilidad patrimonial en relación con centros educativos

¿Quién lo puede solicitar? Indiferente
Documentación a aportar
  • Instancia.
  • Acreditación de los daños (facturas o presupuestos).
¿Dónde solicitarlo?
Plazo de tramitación El plazo de tramitación es de 3 meses
Normativa
  • Real Decreto 429/1993, de 26 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial.
  • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (de forma supletoria).
Forma de iniciación A petición de la persona interesada
Requisitos Persona perjudicada por el funcionamiento normal o anormal de la Administración (en este caso, en relación con los centros educativos).
Efectos presuntos Desestimatorio
Fin de la vía administrativa La resolución pone fin a la vía administrativa
Recursos Reposición potestativo y Contencioso Administrativo
DESCARGA DE DOCUMENTOS
31 de Marzo de 2021

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