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Planeamiento.04 - Estudio de detalle a iniciativa privada

Descripción

Los estudios de detalle tienen por objeto, cuando sea estrictamente necesario, completar o en su caso, adaptar, las determinaciones de la ordenación detallada del plan general, del plan parcial o de un plan especial, relativas a la adaptación y reajuste de alineaciones y rasantes y la ordenación de volúmenes en los suelos urbanos y urbanizables, en los casos y condiciones previstos reglamentariamente.

¿Quién lo puede solicitar? Indiferente
Documentación a aportar
  • Solicitud
  • Proyecto técnico (3 ejemplares)
    • 2 ejemplares del proyecto técnico en soporte papel y
    • 1 ejemplar en soporte CD
  • Relación de propietarios de los terrenos y demás interesados directamente afectados
  • Documentación registral de la propiedad de los terrenos.
  • Acreditación de la representación, en su caso.

Requisitos que tiene que cumplir la documentación gráfica que se presente:

  • 2 ejemplares del proyecto en soporte papel. Con formato reducible al tamaño de DINA4. Cualquier proyecto que esté basado en la cartografía deberá cumplir con las siguientes normas:
    • Se utilizará el Sistema de Referencia geodésico oficial en España. Este sistema es el ETRS89 (European Terrestrial Reference System 1989). Tiene asociado el elipsoide GRS80 y está materializado en el marco que define la Red Geodésica Nacional por Técnicas Espaciales, REGENTI.
    • Se tomará como referencia de altitudes las referencias mareográficas locales, los orígenes de los cuales están definidos por la Dirección general del Instituto Geográfico Nacional.
    • Se adoptará, en la cartografía y escalas más usuales, el sistema de referencia ETRS-Transversa de Mercator
  • 1 ejemplar en soporte CD, con los archivos correspondientes tanto en formato CAD (DWG o DGN) como en formato PDF y con firma y diligencia digital. Con la Normativa a publicar (sólo en los instrumentos de Planeamiento) en versión catalana y castellana.
¿Dónde solicitarlo?

Cualquier OAC (Registro) y las otras establecidas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Normativa
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Real Decreto Legislativo, de 30 de octubre, por el que se prueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana
  • Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca
  • Pla general de ordenación urbana - PGOU 1998 (BOIB núm. 15, de 02/02/1999) y modificación de Normas urbanísticas -Texto refundido 2006 (BOIB núm. 170, de 30/11/2006)
  • Otra normativa complementaria.
¿Quién tramita la solicitud?

Tramitación: Servicio Jurídicoadministrativo de Planeamiento
Av. de Gabriel Alomar, 18, 5è
07006 Palma de Mallorca
Tel. 971 22 59 00 - 630 308 226 (centralita), extensión 8506, 8512 y 8517
Atención a la ciudadanía: de 11 a 14 h (con cita previa)

Resolución: Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Palma

Forma de iniciación A petición de la persona interesada
Organismo resolutor

Tramitación: Servicio Jurídicoadministrativo de Planeamiento
Av. de Gabriel Alomar, 18, 5è
07006 Palma de Mallorca
Tel. 971 22 59 00 - 630 308 226 (centralita), extensión 8506, 8512 y 8517
Atención a la ciudadanía: de 11 a 14 h (con cita previa)

Resolución: Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Palma

Más información
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5 de Febrero de 2019

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Plaza de Santa Eulàlia 9. 07001 Palma (Illes Balears)
Teléfono: 010 / 971225900 / 630308226
Correo electrónico: ajuntament@palma.cat