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Planeamiento.07 - Plan especial a iniciativa privada

Descripción

El plan especial es el instrumento de ordenación de ámbitos delimitados en el PGOU como ZRE.

¿Quién lo puede solicitar? La asociación de propietarios del ámbito afectado
Documentación a aportar
  • Sol·licitud con la documentación de los arts. 118, 121 y 178 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca
  • 3 ejemplares del proyecto técnico (con los requisitos del art. 81 y ss. y 178 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca) en soporte papel y en formato reducible al tamaño DINA4
  • 1 ejemplar en soporte CD, con los archivos correspondientes tanto en formato CAD (DWG o DGN) como en formato PDF y con firma y diligencia digital. Con la Normativa a publicar en versión catalana y castellana

Cualquier proyecto que esté basado en la cartografía tendrá que cumplir con las siguientes normas:

    • Se utilizará el Sistema de Referencia geodésico oficial en España. Este sistema es el ETRS89 (European Terrestrial Reference System 1989). Tiene asociado el elipsoide GRS80 y está materializado en el marco que define la Red Geodésica Nacional por Técnicas Espaciales, REGENTI.
    • Se tomará como referencia de altitudes las referencias mareográficas locales, los orígenes de los cuales están definidos por la Dirección general del Instituto Geográfico Nacional.
    • Se adoptará, en la cartografía y escalas más usuales, el sistema de referencia ETRS-Transversa de Mercator
  • Documentación ambiental.
  • Relación de propietarios afectados en el ámbito de actuación.
  • Acreditación de la representación, en su caso.
¿Dónde solicitarlo?

Cualquier OAC (Registro) y las otras establecidas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Plazo de tramitación El plazo de tramitación es de 3 meses
Normativa
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
  • Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana
  • Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo
  • Ley 14 /2000, de 21 de diciembre, de ordenación territorial (BOIB núm. 157 ext., de 27 de diciembre del 2000).
  • Plan territorial de Mallorca (BOIB núm. 188, ext., de 31/12/2004), 1a modificación (BOIB núm. 90, de 15/06/2010) y 2a modificación (BOIB núm. 18, ext., de 04/02/2011)
  • Plan general de ordenación urbana - PGOU 1998  (BOIB núm. 15, de 02/02/1999) y modificación de Normas urbanísticas -Texto refundido 2006 (BOIB núm. 170, de 30/11/2006)
  • Otra normativa complementaria
¿Quién tramita la solicitud?

Tramitación: Servicio Jurídicoadministrativo de Planeamiento
Av. de Gabriel Alomar, 18, 5è
07006 Palma de Mallorca
Tel. 971 22 59 00 - 630 308 226 (centralita), extensión 8506, 8512 y 8517
Atención a la ciudadanía: de 11 a 14 h (con cita previa)

Resolución: Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento. Se somete a información pública.

Forma de iniciación A petición de la persona interesada
Organismo resolutor

Tramitación: Servicio Jurídicoadministrativo de Planeamiento
Av. de Gabriel Alomar, 18, 5è
07006 Palma de Mallorca
Tel. 971 22 59 00 - 630 308 226 (centralita), extensión 8506, 8512 y 8517
Atención a la ciudadanía: de 11 a 14 h (con cita previa)

Resolución: Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento. Se somete a información pública.

Efectos presuntos Sin clasificar
Fin de la vía administrativa La resolución pone fin a la vía administrativa
Recursos Contencioso - Administrativo
DESCARGA DE DOCUMENTOS
5 de Febrero de 2019

Ayuntamiento de Palma
Plaza de Santa Eulàlia 9. 07001 Palma (Illes Balears)
Teléfono: 010 / 971225900 / 630308226
Correo electrónico: ajuntament@palma.cat