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Gobierno interior.02 - Licencia de ocupación de la vía pública para realizar publicidad dinámica

Descripción

Reparto domiciliario de propagando (buzoneo):
Deberán tener una licencia de este tipo quienes pretendan realizar reparto domiciliario de propaganda (buzoneo), a excepción de empresas que cuenten con la correspondiente licencia de actividad para realizar mensajería, publicidad o similar.
Sólo se podrá depositar la propaganda dentro de los buzones o en el interior de los inmuebles que no tengan el distintivo 'No se admite publicidad'.

Reparto manual de propaganda en la vía pública:
Sólo se puede autorizar el reparto manual de propaganda en la vía pública a titulares de discotecas, salas de baile, de fiestas y tablaos flamencos, y en los casos previstos en el artículo 11.2 de la vigente Ordenanza Municipal de Publicidad Dinámica.

¿Quién lo puede solicitar? Indiferente
Documentación a aportar
  • Solicitud específica de licencia de publicidad dinámica (debidamente rellenada).
  • Relación de los agentes propuestos (serán de su dependencia laboral), especificando su nombre y apellidos, DNI y dirección.
  • Copia de la declaración censal de inicio de actividades, o el alta del IAE, si corresponde.
  • Acreditación de la dependencia laboral de los agentes propuestos.
  • Modelo de la propaganda a distribuir.
  • Justificante del ingreso de las tasas correspondientes.
  • Copia de la licencia de actividad de la empresa.
  • Copia del NIF de la empresa o de la persona solicitante.
  • Copia del impreso TC-2 de la seguridad social, actualizado con los A-2.2, si corresponde.
  • Certificado expedido por la tesorería municipal de que la persona solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones económicas con el Ayuntamiento de Palma (sólo reparto en mano).

*Las copias a aportar serán autentificadas en el Registro Municipal mediante la exhibición del original.

¿Dónde solicitarlo?
Plazo de tramitación El plazo de tramitación es de 3 meses
Precio y forma de pago

Tasas fijadas en la Ordenanza fiscal municipal del año en curso.

Normativa
  • Ordenanza municipal de publicidad dinámica,aprobada por acuerdo plenario de día 25 de septiembre de 2003 y publicada en el BOIB núm. 148 de 25.10.03.
¿Quién tramita la solicitud? Sección de Gobierno Interior
Plaza Santa Eulalia, 9 (3ª planta)
07001 Palma de Mallorca
Teléfono: 971 22 59 00 (centralita)
Forma de iniciación A petición de la persona interesada
Organismo resolutor Sección de Gobierno Interior
Plaza Santa Eulalia, 9 (3ª planta)
07001 Palma de Mallorca
Teléfono: 971 22 59 00 (centralita)
Efectos presuntos Desestimatorio
Fin de la vía administrativa La resolución pone fin a la vía administrativa
Recursos Reposición potestativo y Contencioso Administrativo
Observaciones

¿Qué actuaciones relacionadas con la publicidad dinámica están prohibidas y sancionadas? Las siguientes:

  • Situar o fijar cualquier tipo de material impreso o grafiado, cualquiera que sea la naturaleza, en el mobiliario urbano (arbolado, semáforos, señalización vial, palos de alumbrado y otros servicios, etc.); en las fachadas, vestíbulos o elementos externos de los inmuebles como, por ejemplo, carátulas de porteros automáticos, exteriores de los buzones, puertas, umbrales, vallas y paredes de cierre de fincas, solares y terrenos, salvo los lugares expresamente reservados al efecto.
  • También está prohibido situar material de propaganda en los parabrisas u otros elementos de los vehículos, tirar material publicitario y otros casos previstos en los artículos 22 y 33 de la vigente Ordenanza Municipal de Publicidad Dinámica.
Más información

¿Qué es una licencia sectorial? Aquella que se otorga a asociaciones de un sector (en representación de los interesados que desarrollan la actividad a publicitar).

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31 de Marzo de 2021

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