¿Quién lo puede solicitar? | Indiferente. |
Documentación a aportar |
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¿Dónde solicitarlo? |
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Plazo de tramitación | El plazo de tramitación es de 3 meses |
Normativa |
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¿Quién tramita la solicitud? | Área de Infraestructuras (Departamento de Mantenimiento) |
Forma de iniciación | A petición de la persona interesada |
Requisitos | Ser interesado, según las condiciones del art. 31 de la Ley 30/1992:
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Organismo resolutor | Área de Infraestructuras (Departamento de Mantenimiento) |
Efectos presuntos | Desestimatorio |
Fin de la vía administrativa | La resolución pone fin a la vía administrativa |
Recursos | Reposición potestativo y Contencioso Administrativo |
Observaciones | No existen tasas ni impuestos, pero el interesado debe presentar un aval por los posibles daños que pueda causar la actuación a realizar. Se requiere informe previo favorable del Departamento de Infraestructuras (según el servicio que corresponda) |
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