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Actividades.12 - Cambio de titularidad de una actividad ya legalizada / Legalización por cambio de titular de una actividad sin título habilitante

Descripción

Actividades.12 - Cambio de titularidad de una actividad ya legalizada / Legalización por cambio de titular de una actividad sin título habilitante

Es el trámite mediante el cual los interesados ponen en conocimiento del Ayuntamiento los datos identificativos y resto de requisitos exigibles para llevar a cabo el cambio de titularidad de una actividad. Esta comunicación al Ayuntamiento sirve para acreditar la subrogación del nuevo titular en los derechos y deberes derivados del ejercicio de la actividad.

Es necesario diferenciar dos supuestos (en ambos hay que presentar el formulario (A14) Comunicación previa de cambio de titular):

1.- En el supuesto de que la actividad disponga de licencia,autorización o de un título habilitante vigente

El interesado tendrá que presentar el modelo de comunicación de cambio de titularidad (formulario CT), que es el trámite mediante el cual se comunica al Ayuntamiento la transmisión de la titularidad de una actividad que dispone de licencia, autorización o de un título habilitante vigente.

2.- En el supuesto de que la actividad NO disponga de licencia, autorización o de un título habilitante vigente (legalización)

El interesado tendrá que presentar el modelo de comunicación de legalización por subrogación (formulario ST), que es el trámite mediante el cual se comunica en el Ayuntamiento la subrogación de la persona interesada en el expediente de una actividad que no cuenta con título habilitante y lo legaliza desde la fecha de su presentación a través de una declaración responsable (merita tasa). En este caso el formulario va firmado por el nuevo titular que hace la declaración responsable para la legalización de la actividad y para la finalización de la tramitación.

¿Quién lo puede solicitar? Indiferente: personas físicas, personas jurídicas...
Documentación a aportar

Para tramitar las comunicaciones de cambio de titularidad de expedientes de actividades es necesaria la presentación de 2 impresos:

1.- la comunicación del cambio de titular de la actividad, modelo A14

2.- el formulario identificado como CT (en el supuesto de actividad con título habilitante) o bien el formulario ST (en el supuesto de expediente sin título habilitante vigente)

Documentación que hay que aportar

Cuando la comunicación de cambio de titular se hace conjuntamente por el anterior y el nuevo titular de la actividad:

  • Comunicación previa de cambio de titular (A14)
  • Documento de comunicación de cambio de titular (formulario CT), firmado por el titular cedente y el cesionario
  • Acreditación de la personalidad del anterior titular y del nuevo. Si se actúa en nombre propio se tendrá que acreditar la personalidad física o jurídica (DNI, CIF, escritura de constitución de la sociedad...). Si se actúa mediante representante, se tendrá que acreditar con el modelo de Acreditación ante la Gerencia de Urbanismo
  • Referencia catastral (aportar la certificación catastral del inmueble, art. 38 RDL 1/2004,de 5 de marzo)

Cuando no hay transmisor y la comunicación de cambio de titular se hace solo por el nuevo titular de la actividad y en el caso de las legalizaciones:

  • Comunicación previa de cambio de titular (A14)
  • Documento de comunicación de cambio de titular (formulario CT o formulario ST, según corresponda), firmado por el nuevo titular
  • Acreditación de la personalidad del anterior titular y del nuevo. Si se actúa en nombre propio se tendrá que acreditar la personalidad física o jurídica (DNI, CIF, escritura de constitución de la sociedad...). Si se actúa mediante representante, se tendrá que acreditar con el modelo de Acreditación ante la Gerencia de Urbanismo
  • Referencia catastral (aportar la certificación catastral del inmueble, art. 38 RDL 1/2004, de 5 de marzo)
  • Acreditación documental de que se dispone del uso y disfrute del establecimiento donde se desarrolla la actividad (contrato de arrendamiento, contrato de traspaso del negocio, escritura de propiedad, etc)
  • Certificado de un técnico/ca competente que acredite que la actividad no ha variado y que las instalaciones ejecutadas cumplen la normativa en cada caso exigible y tienen las condiciones operativas adecuadas para apoyar a la actividad que se desarrolla

Otra documentación a presentar:

  • En las concesiones administrativas en dominio público, el documento que lo autoriza
  • En actividades de las clases A sin música y B con música, sometidas al régimen de la Ordenanza de ruidos (OREVI) y a la Ordenanza de horarios (OREHO), se tendrá que presentar certificación técnica del cumplimiento de las condiciones y requisitos exigibles por estas dos normas de caràcter municipal
¿Dónde solicitarlo?
  • En el Registro General de las oficinas de atención a la ciudadanía (OAC) o en cualquiera de los órganos de las administraciones públicas que prevé el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
  • Telemáticamente según estas instrucciones. Hacer click aquí.
Precio y forma de pago

El trámite es gratuito. Hacer mención, que si se trata de una actividad que hay que legalizar o finalizar su tramitación presentando la declaración responsable, se generará la tasa correspondiente (concepto 311,03).

Normativa
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE n.º 236, de 2 de octubre)
  • Ley 12/2017,de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos y garantía de los derechos digitales
  • Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears (BOIB n.º 21, de 16 de febrero)
  • Ordenanza fiscal vigente por servicios relativos a actividades, establecimientos e instalaciones (concepto 311,03)

La normativa municipal se puede consultar desde esta web accediendo por "El Ayuntamiento>Urbanismo>Normativa"

¿Quién tramita la solicitud?

Departamento de Actividades y de Seguridad de los Establecimientos

Gerencia de Urbanismo

Área de Modelo de Ciudad, Vivienda Digna y Sostenibilidad

Av. Gabriel Alomar, 18 (3ª planta)

07006 Palma

Tel. 971225900 (ext. 8238 / 8240)

Forma de iniciación A petición de la persona interesada
Requisitos

Modelo de formulario normalizado bien cumplimentado y acompañado de la documentación indicada

Organismo resolutor

Departamento de Actividades y de Seguridad de los Establecimientos

Gerencia de Urbanismo

Área de Modelo de Ciudad, Vivienda Digna y Sostenibilidad

Av. Gabriel Alomar, 18 (3ª planta)

07006 Palma

Tel. 971225900 (ext. 8238 / 8240)

Efectos presuntos No aplica
Fin de la vía administrativa Sin clasificar
Más información

Qué documentación entrega el Ayuntamiento

Una vez revisada la comunicación del nuevo explotador, se le comunicará si los datos consignados sobre la actividad son correctos así como las eventuales circunstancias en las cuales se encuentra el expediente de actividad.

Información importante para el nuevo titular

Se recomienda a los interesados que antes de comunicar el cambio de titularidad de una actividad o la subrogación de un expediente en tramitación, comprueben que no existen deudas que impidan este trámite o que se puedan repercutir en el nuevo titular. Una vez producida la transmisión, las responsabilidades y las obligaciones del antiguo titular derivadas de la licencia o declaración responsable son asumidas por el nuevo titular.

Otra información de interés

Se recomienda a los interesados comprobar previamente si la actividad objeto del cambio de titular dispone de título habilitante concedido y vigente, o bien todavía se encuentra en fase de tramitación y, en este último caso, informarse de las circunstancias que podrían obstaculizar la obtención del título que permita el ejercicio de la actividad como por ejemplo, limitaciones que afectan a los usos a zonas determinadas (Santa Catalina, Ejes cívicos, Camp d'en Serralta...) o los casos en que la licencia o declaración responsable se ha otorgado teniendo en cuenta las características particulares de los sujetos autorizados inicialmente (por ejemplo concesiones administrativas que no permiten traspasos o sub-arrendamientos).

Tampoco se puede transmitir la actividad cuando se encuentre sujeta en un expediente de revocación o caducidad hasta que no haya una resolución firme, ni en los casos de la aprobación de una modificación del planeamiento municipal en que se acuerde la suspensión de la tramitación de todo tipo de licencias y comunicaciones previas.

No se pueden transmitir los efectos de una declaración responsable de inicio y ejercicio de una actividad sobre la cual se ha comprobado que el uso urbanístico no es compatible con el planeamiento municipal, en este caso no se producirán los efectos de la presentación de una declaración responsable.

No se pueden transmitir actividades que en un mismo lugar se hayan producido nuevas actividades con posterioridad, en estos caso el inicio de una nueva actividad sustituye de manera automática a una de existente y deja sin efecto la autorización anterior.

Informar a los interesados que el titular tendrá que disponer en el lugar donde se ejerce la actividad de los títulos habilitantes sobre la instalación y el funcionamiento, así como de la documentación técnica y del seguro de la responsabilidad civil en vigor.

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que se incorpore a la comunicación o declaración responsable o la falta de presentación ante el Ayuntamiento de la documentación adecuada para completar la tramitación del título habilitante, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la actividad desde el momento en que se tenga conocimiento de estos hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas que se puedan derivar. El Ayuntamiento podrá llevar a cabo la vigilancia, control e inspección de las actividades para acreditar que los datos manifestados en relación a la actividad se corresponden con la realidad.

DESCARGA DE DOCUMENTOS
28 de Abril de 2023

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