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TRSU.01 - Reducción de la cuota de la tasa por servicios relativos al tratamiento de residuos sólidos urbanos

Descripción

La ordenanza fiscal reguladora de esta tasa prevé la reducción de un 50% del importe correspondiente a la tarifa de la Tasa para el tratamiento de los residuos sólidos urbanos en viviendas particulares, para aquellos contribuyentes que acrediten determinados ingresos.

¿Quién lo puede solicitar?

El contribuyente que sea persona física, propietaria o arrendataria de una vivienda y acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ordenanza.

En el caso de representación, se tiene que adjuntar la autorización a favor del representante y fotocopia de su DNI

Documentación a aportar
  • Solicitud específica
  • Autorización al Ayuntamiento de Palma para consultar a la AEAT los datos relativos al nivel de renta del contribuyente y de todas las personas que conviven con él, que sean mayores de 18 años; o certificado expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de los ingresos, correspondientes al último ejercicio declarado, del contribuyente y de todas las personas que conviven con él; o fotocopia de la declaración de IRPF del contribuyente y de todas las personas que conviven con él
  • En el caso de personas con discapacidad, fotoco compulsada del documento que acredite la condición de persona con discapacidad del interesado y su grado. No será necesaria si aportan un documento que lleve código seguro de verificación.
  • En el caso de familias numerosas, fotocopia compulsada del título de familia numerosa
¿Dónde solicitarlo?
Normativa

Ordenanza fiscal reguladora

Forma de iniciación A petición de la persona interesada
Requisitos

a) Que se trate de la vivienda habitual del contribuyente en el que esté empadronado

b) Que los ingresos anuales del contribuyente, más los de todos los que conviven con él, que sean mayores de 18 años, no superen el salario mínimo interprofesional anual multiplicado por 1,25. Los ingresos de las personas que conviven con el contribuyente se computarán, para estos efectos, en un 50%. En el caso de familias numerosas y/o de personas con discapacidad igual o superior al 33%, el límite será el salario mínimo interprofesional anual multiplicado por 1,5. A tales efectos, se tendrán en cuenta los últimos datos de IRPF facilitados por la Agencia Tributaria del Estado (AEAT).
Por ejemplo, a efectos del ejercicio 2018, se tendrán en cuenta los datos relativos al ejercicio 2016, que son los últimos facilitados por la AEAT.

c) Presentar el impreso formalizado de solicitud en cualquier OAC del Ayuntamiento de Palma, antes del 31 de desembre

Más información

¿Quién tramita la solicitud?
Sección de liquidaciones
Plaça de Santa Eulàlia, 9, 1r pis
adreça electrònica: liquidacions@palma.cat  
telèfon 971 225900 ext. 1032-1036-1035

¿Cuándo puedo pedir la reducción? Durante todo el año, pero surtirá efectos en el ejercicio siguiente 

¿De qué descuento me puedo beneficiar? Del 50 % de la cuota de la tarifa de viviendas (tarifa 1.1.1)

¿Cómo sabré si me han concedido la reducción? Si se concede, el recibo se emite directamente con el descuento del 50%. En cas de denegación, las resoluciones se notifican.

¿Tengo que pedir la reducción cada año?
No, si se ha autorizado al Ayuntamiento a consultar los datos de la AEAT; en esta caso, el Ayuntamiento hará la consulta anualmente y se prorrogará sin que resulte necesaria una nueva solicitud, siempre que se mantengan las condiciones por las cuales se concedió.
Sí, en el caso de personas que aporten fotocopia de la declaración del IRPF, o certificado expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de sus ingresos.

¿Y si cambio de domicilio? La variación de domicilio que constituye la vivienda habitual del contribuyente exigirá la presentación de una nueva petición de reducción.

¿Puedo reclamar? Contra la desestimación de la solicitud se puede interponer recurso potestativo de reposición o reclamación económicoadministrativa en el plazo de un mes desde su notificación.

¿Cuándo cobraré la reducción? La reducción se descontará de la cuota del recibo de TRSU

¿Cuándo se paga el recibo de TRSU con reducción? El periodo de cobro es el mismo que un recibo normal.

¿Puedo domiciliar el recibo? Si, con los mismos trámites como si no hubiera reducció

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6 de Abril de 2021

Ayuntamiento de Palma
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Teléfono: 010 / 971225900 / 630308226
Correo electrónico: ajuntament@palma.cat